
photo credit: Stephen Downes
Excelente el articulo que leo en Interiuris, de Andy Ramos, en el cual se discute y se informa sobre la propiedad intelectual en todos sus aspectos de la mano de un experto, y que les recomiendo bastante en caso de que les interese el tema como a mi. El articulo nos muestra como, a mi opinión, la avaricia de un grupo de propietarios de la marca registrada de los dibujos y tipografía del escritor Antoine Saint-Exupery, ha provocado que sean demandadas varias editoriales coreanas por el uso de las mismas en una publicación del libro mas famoso de este autor; El Principito, un hecho en mi opinion bastante reprobable, que solo busca obtención de un beneficio económico a partir de la genialidad del desaparecido autor.
Además de esto, el autor nos incita a razonar un poco sobre la razón de este conflicto desde el punto de vista jurídico, como son la capacidad de acumulación y compatibilidad de los derechos de propiedad intelectual por lo cual los derechos de propiedad industrial (como lo son las marcas) son compatibles con los derechos de autor y por lo tanto su régimen temporal se extiende mas allá de lo que menciona la ley (25 años), creando conflictos cuando una obra ingresa al dominio publico pero mantiene un derecho de marca, como es en este caso. Me parece urgente un cambio en esta pequeña “falla” legal antes de que encontremos mas casos similares, ya que esto corre en total oposición a la idea de que una obra intelectual entre al dominio publico el cual debería ser su uso libre para aumentar el acerbo de conocimiento de la sociedad, no para seguir produciendo ganancias a unos pocos dueños de las marcas de obras que nunca fueron realmente suyas. Creo que una obra al ser ingresada al dominio publico debería perder cualquier otra derecho de propiedad intelectual (exceptuando los derechos morales por supuesto) para que su manipulación y uso puedan ser cómodos y realmente ayudar a la sociedad.
PD: Andy, si lees el trackback y encuentras algun error no dudes en hacérmelo saber. Igualmente para los lectores.








Hola Marcial, gracias por tu entrada y me alegra mucho que encontrases interesante el post.
Sobre el tuyo, nada que añadir más lo que ya se ha dicho; creo que el legislador, al declarar compatibles ambos derechos no cayó en la cuenta de los “daños colaterales” que ello causaba, y que creo que deberían ser estudiados y cuestionados.
Un saludo
Muchas Gracias por el comentario Andy, y si concuerdo contigo contigo, sin embargo debe existir una forma rapida de mitigar los efectos de esta “compatibilidad”, cuales serian? si quieres puedes responder desde tu blog, asi se ve mas colaborativo
perdon, me he expresado mal, lo que queria decir es que debe existr una forma de impugnar y mitigar la commpatibilida Rapidamente…y en lo de colaborativo tambien suena mal, pero mi idea es que no te sientas obligado a responder desde aca sino mejor en tu blog donde puedas desarrollar el tema mucho mejor…ya