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	<title>Marcial Cambronero &#187; derecho marcario</title>
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	<description>Propiedad Intelectual y más..</description>
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		<title>Charla &#8220;Propiedad Intelectual e Innovación Tecnológica&#8221; UMCA</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Mar 2011 16:00:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El 25 de Marzo pasado tuve el placer de hablar nuevamente de los temas que más me apasionan: Propiedad Intelectual e Innovación Tecnológica. Fue una charla sumamente agradable ( le agradezco a la UMCA y a las directoras de Derecho e Informática por su invitación y recibimiento) con muchas personas interesadas. La presentación contiene un [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2011%2F03%2Fcharla-propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-umca%2F' data-shr_title='Charla+%22Propiedad+Intelectual+e+Innovaci%C3%B3n+Tecnol%C3%B3gica%22+UMCA'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2011%2F03%2Fcharla-propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-umca%2F' data-shr_title='Charla+%22Propiedad+Intelectual+e+Innovaci%C3%B3n+Tecnol%C3%B3gica%22+UMCA'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2011%2F03%2Fcharla-propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-umca%2F' data-shr_title='Charla+%22Propiedad+Intelectual+e+Innovaci%C3%B3n+Tecnol%C3%B3gica%22+UMCA'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>El 25 de Marzo pasado tuve el placer de hablar nuevamente de los temas que más me apasionan: <strong>Propiedad Intelectual e Innovación Tecnológica</strong>. Fue una charla sumamente agradable ( le agradezco a la <a href="http://www.umca.net/">UMCA</a> y a las directoras de <a href="http://www.umca.net/facultad_derecho.html">Derecho</a> e <a href="http://www.umca.net/facultad_informatica.html">Informática</a> por su invitación y recibimiento) con muchas personas interesadas. La presentación contiene un eje central: <strong>La generación de valor de los bienes intangibles en nuestras profesiones</strong>.</p>
<div class="prezi-player"><!-- .prezi-player { width: 550px; } .prezi-player-links { text-align: center; } --><object id="prezi_ncmmikytqvxr" classid="clsid:D27CDB6E-AE6D-11cf-96B8-444553540000" width="550" height="400" name="prezi_ncmmikytqvxr"><param name="movie" value="http://prezi.com/bin/preziloader.swf" /><param name="allowfullscreen" value="true" /><param name="allowscriptaccess" value="always" /><param name="bgcolor" value="#ffffff" /><param name="flashvars" value="prezi_id=ncmmikytqvxr&amp;lock_to_path=0&amp;color=ffffff&amp;autoplay=no&amp;autohide_ctrls=0" /><embed id="preziEmbed_ncmmikytqvxr" type="application/x-shockwave-flash" width="550" height="400" src="http://prezi.com/bin/preziloader.swf" flashvars="prezi_id=ncmmikytqvxr&amp;lock_to_path=0&amp;color=ffffff&amp;autoplay=no&amp;autohide_ctrls=0" bgcolor="#ffffff" allowscriptaccess="always" allowfullscreen="true" name="preziEmbed_ncmmikytqvxr"></embed></object>&nbsp;</p>
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<p>Link a la Charla</p>
<p><a title="Charla dada el 25 de Marzo en la Universidad Metropolitana Castro Carazo." href="http://prezi.com/ncmmikytqvxr/propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-umca/">Propiedad Intelectual e Innovación Tecnológica (UMCA)</a> on <a href="http://prezi.com">Prezi</a></p>
</div>
</div>
<div class="shr-publisher-832"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Charla &#8220;Propiedad Intelectual e Innovación Tecnologica&#8221;- Techcamp</title>
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		<pubDate>Sat, 27 Nov 2010 19:00:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
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		<description><![CDATA[No había tenido el tiempo de subir esta charla que di el 13 de Noviembre para el evento TechCamp en Costa Rica. Muchas Gracias a @javicerdas por haberme invitado a participar.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F11%2Fcharla-propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-techcamp%2F' data-shr_title='Charla+%22Propiedad+Intelectual+e+Innovaci%C3%B3n+Tecnologica%22-+Techcamp'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F11%2Fcharla-propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-techcamp%2F' data-shr_title='Charla+%22Propiedad+Intelectual+e+Innovaci%C3%B3n+Tecnologica%22-+Techcamp'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F11%2Fcharla-propiedad-intelectual-e-innovacion-tecnologica-techcamp%2F' data-shr_title='Charla+%22Propiedad+Intelectual+e+Innovaci%C3%B3n+Tecnologica%22-+Techcamp'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>No había tenido el tiempo de subir esta charla que di el 13 de Noviembre para el evento TechCamp en Costa Rica. Muchas Gracias a @javicerdas por haberme invitado a participar.</p>
<p><object id="prezi_0ee47dbad44f6798711b8b83faa81b841a715458" classid="clsid:d27cdb6e-ae6d-11cf-96b8-444553540000" width="550" height="400" codebase="http://download.macromedia.com/pub/shockwave/cabs/flash/swflash.cab#version=6,0,40,0"><param name="name" value="prezi_0ee47dbad44f6798711b8b83faa81b841a715458" /><param name="allowfullscreen" value="true" /><param name="allowscriptaccess" value="always" /><param name="bgcolor" value="#ffffff" /><param name="flashvars" value="prezi_id=0ee47dbad44f6798711b8b83faa81b841a715458&amp;lock_to_path=0&amp;color=ffffff&amp;autoplay=no&amp;autohide_ctrls=0" /><param name="src" value="http://prezi.com/bin/preziloader.swf" /><embed id="prezi_0ee47dbad44f6798711b8b83faa81b841a715458" type="application/x-shockwave-flash" width="550" height="400" src="http://prezi.com/bin/preziloader.swf" flashvars="prezi_id=0ee47dbad44f6798711b8b83faa81b841a715458&amp;lock_to_path=0&amp;color=ffffff&amp;autoplay=no&amp;autohide_ctrls=0" bgcolor="#ffffff" allowscriptaccess="always" allowfullscreen="true" name="prezi_0ee47dbad44f6798711b8b83faa81b841a715458"></embed></object></p>
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		<title>¿Cual es la diferencia entre Derechos de Autor, Marca Registrada y Patente.</title>
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		<pubDate>Sat, 02 Jan 2010 02:45:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Hace un tiempo ya (varios meses casi) pase una pregunta a Twitter basada en lo que este articulo que hablaba sobre la diferencia entre patente, marca y derechos de autor; una cuestión que a veces puede ser difícil de explicar. Los resultados fueron estos: Por lo que decidí a crear un pequeño remix/traducción del artículo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F01%2F%25c2%25bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente%2F' data-shr_title='%C2%BFCual+es+la+diferencia+entre+Derechos+de+Autor%2C+Marca+Registrada+y+Patente.'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F01%2F%25c2%25bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente%2F' data-shr_title='%C2%BFCual+es+la+diferencia+entre+Derechos+de+Autor%2C+Marca+Registrada+y+Patente.'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F01%2F%25c2%25bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente%2F' data-shr_title='%C2%BFCual+es+la+diferencia+entre+Derechos+de+Autor%2C+Marca+Registrada+y+Patente.'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Hace un tiempo ya (varios meses casi) pase una pregunta a Twitter basada en lo que este articulo que hablaba sobre la diferencia entre patente, marca y derechos de autor; una cuestión que a veces puede ser difícil de explicar. Los resultados fueron estos:</p>
<p><script src="http://twtpoll.com/js/badge.js" type="text/javascript"></script> <script src="http://twtpoll.com/badge/?twt=7gpicd&amp;r=1&amp;s=250&amp;b=1" type="text/javascript"></script></p>
<p>Por lo que decidí a crear un pequeño remix/traducción del <a href="http://dunlapcodding.com/phosita/2009/01/what-is-the-difference-between-a-patent-trademark-and-a-copyright.html">artículo de PHOSITA</a>, no solo para hispanizar el post sino también para ampliarlo de una mejor manera.</p>
<p><em>¿Que es la Propiedad Intelectual?</em></p>
<p>Empecemos con un pequeño descarte; si usted alguna vez ha dicho &#8220;Quiero patentar esa marca&#8221;, &#8220;Voy a registrar los derechos de autor por esa máquina&#8221; definitivamente este es el articulo para usted. No se sienta mal, no es fácil a veces entender estos conceptos sin enredarlos mas de una vez. Le pasa a todos. Sigamos.</p>
<p>La Propiedad Intelectual es el concepto del cual se derivan los otros tres que vamos a definir y separar, así que de acuerdo a la <a href="http://www.wipo.int/about-ip/es/">Organización Mundial de la Propiedad Intelectual</a>, la Propiedad Intelectual se define como:</p>
<blockquote><p>La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.</p></blockquote>
<p>Es importante entender que la Propiedad Intelectual no protege las &#8220;ideas&#8221;, sino la expresión de las ideas, ya que sino sería imposible determinar quien &#8220;pensó&#8221; algo primero. Ahora si, ya que lo entendemos el concepto amplio veamos como se diferencia estos tres conceptos que en realidad son los mas utilizados <sup><a href="http://marcialcambronero.com/2010/01/%c2%bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente/#footnote_0_448" id="identifier_0_448" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="La Traducci&oacute;n es libre y hecha por un servidor">1</a></sup>:</p>
<ul>
<li>Patentes: Se encargan de proteger las expresiones <strong>funcionales</strong> de una idea &#8211; no la idea en sí. Una máquina, método o proceso, la fabricación, la composición de la materia, y las mejoras de cualquiera de estos elementos puede ser patentado. Por lo tanto, puedo patentar un diseño de la punta de un cohete, o el método de hacer el cohete, o el método de hacer el combustible para cohetes, o el metal en el que el combustible de cohetes se almacena, o una nueva manera de transportar el combustible de cohetes al cohete. Pero no puedo dejar patente el amplio <em>&#8221; idea &#8220;</em>de un cohete.</li>
<li>Derechos de autor: Da protección a la <strong>expresión creativa específica</strong> de una idea a través de cualquier medio artístico / expresión creativa &#8211; es decir, pinturas, fotografías, esculturas, textos, software, etc El derecho de autor protege la pintura de un granero, pero no prohíbe a otro pintor expresar su punto de vista artístico mediante la pintura de un granero.  Asimismo, aunque Ian Fleming, fue capaz de recibir una protección por derecho de autor en su expresión concreta de la idea de un agente secreto (es decir, un elegante agente secreto Inglés), no pudo evitar que Rich Wilkes recibiera la protección por derecho de autor en su expresión de la idea de un agente secreto (es decir, un deportista extremo tatuado calvo convertido en un agente secreto renuentes; Triple X).</li>
<li>Marcas: Ofrece la protección de cualquier <strong>símbolo que indica la fuente o el origen de los productos o servicios a los que se haya colocado</strong>. Mientras que una marca puede ser extremadamente valiosa para su dueño, el fin último de la marca es proteger a los consumidores &#8211; es decir, la función de una marca es informar al consumidor si los bienes o servicios se originan en un lugar o de una forma específica. El consumidor, conocer el origen de los productos, puede tomar decisiones de compra basadas en el conocimiento previo, la reputación o la comercialización.</li>
</ul>
<div class="wp-caption alignnone" style="width: 290px"><img class="s3-img" style="border: 0pt none;" src="http://marcialcambronero.info.s3.amazonaws.com/principito.gif" border="0" alt="principito.gif" width="280" height="289" /><p class="wp-caption-text">Esta imagen se protegió primero por derechos de autor, y luego por derechos de marca, creándole una protección indefinida a favor de los dueños, ¿esta eso bien?</p></div>
<p>Vistos de esta manera, es sumamente fácil distinguir las diferencias de cada uno (un libro no tiene expresión funcional, ¿verdad?); sin embargo, el problema reside cuando nos encontramos que un solo elemento puede protegerse de diversas maneras, por ejemplo encontramos que el símbolo de una marca puede recibir protección por derechos de autor o protección de marcas, o un software de computación en el cual el código en que fue escrito se protege como un escrito (derechos de autor), mientras que la funcionalidad total del software puede protegerse con una patente.</p>
<p>Sobre estos temas incluso existen discusiones, por ejemplo, algunos pensamos que debido al doble régimen del software en estos momentos, su protección debería dejarse a las patentes únicamente; o que los logos empresariales solo deberían tener protección de marcas, y que las indicaciones geográficas son un elemento aparte de las marcas etc.</p>
<p>El campo es sumamente diverso y estos son solo algunos ejemplos para mostrar la complejidad de la propiedad intelectual. El verdadero trabajo para las compañías resulta en el escoger que tipo de protección deben escoger para su proyecto o producto y donde la <strong>asesoría de un experto</strong> es fundamental.</p>
<p>Espero que les haya agradado y quedado claro estos conceptos. Cualquier duda, los comentarios. <img src='http://marcialcambronero.com/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' /> </p>
<div class="shr-publisher-448"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><ol class="footnotes"><li id="footnote_0_448" class="footnote">La Traducción es libre y hecha por un servidor</li></ol>]]></content:encoded>
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		<title>¿Por que se prohibió el Guaro Paz?</title>
		<link>http://marcialcambronero.com/2008/12/marcas-costa-rica-no-admisible-guaro-paz/</link>
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		<pubDate>Fri, 12 Dec 2008 18:00:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
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		<description><![CDATA[Hace ya varios días que leía sobre un pequeño pleito que se armaba en en el Registro de la Propiedad Intelectual, debido al posible registro de un nombre comercial para un nuevo tipo de guaro: &#8220;Paz&#8221;. Los motivos resultaban claros: una bebida que es directamente asociada ala violencia y la muerte en las calles (aunque [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Fmarcas-costa-rica-no-admisible-guaro-paz%2F' data-shr_title='%C2%BFPor+que+se+prohibi%C3%B3+el+Guaro+Paz%3F'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Fmarcas-costa-rica-no-admisible-guaro-paz%2F' data-shr_title='%C2%BFPor+que+se+prohibi%C3%B3+el+Guaro+Paz%3F'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Fmarcas-costa-rica-no-admisible-guaro-paz%2F' data-shr_title='%C2%BFPor+que+se+prohibi%C3%B3+el+Guaro+Paz%3F'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Hace ya varios días que leía sobre un <a href="http://www.nacion.com/ln_ee/2008/noviembre/28/pais1792344.html" target="_blank">pequeño pleito</a> que se armaba en en el Registro de la Propiedad Intelectual, debido al posible registro de un nombre comercial para un nuevo tipo de guaro: <strong>&#8220;Paz&#8221;</strong>. Los motivos resultaban claros: una bebida que es directamente asociada ala violencia y la muerte en las calles (aunque aquí es importante decir que quien mata no es el licor sino el irresponsable que lo ingiere de manera excesiva) pudiera ser asociada con el nombre Paz. Pero, como muchos saben, lo que esta bien moralmente no se mantiene siempre a nivel legal. ¿Que justificantes pueden tenerse para que esta situación no llegue?</p>
<p>Dentro de la Ley de Marcas y Signos Distintivos (7978) encontramos un artículo que se refiere a los nombres comerciales y a las excepciones que se pueden dar cuando se otorguen las mismas, se lee:</p>
<blockquote><p>Artículo  65.-	Nombres comerciales inadmisibles. Un nombre comercial <strong>no podrá consistir, total ni parcialmente, en una designación u otro signo contrario a la moral</strong> o el orden público o susceptible de causar confusión, en los medios comerciales o el público, sobre la identidad, la naturaleza, las actividades, el giro comercial o cualquier otro asunto relativo a la empresa o el establecimiento identificado con ese nombre comercial o sobre la procedencia empresarial, el origen u otras características de los productos o servicios producidos o comercializados  por la empresa.</p></blockquote>
<p>Aquí facilmente queda justificada la razón por la cual el registro de esta nueva marca puede ser refutada, ya que resulta en un acto que atenta con nuestra moral, asociar una bebida alcohólica con el nombre Paz, una confusión evidente y bastante molesta. El nombre <a href="http://www.nacion.com/ln_ee/2008/diciembre/09/pais1805008.html" target="_blank">ya fue prohibido</a>, pero por ningún lugar asomo la razón legal para hacerlo, aquí la tienen.</p>
<div class="shr-publisher-184"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>¿Trademark o Marca Registrada?</title>
		<link>http://marcialcambronero.com/2008/08/trademark-o-marca-registrada/</link>
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		<pubDate>Sat, 02 Aug 2008 08:32:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
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		<category><![CDATA[derechos de autor]]></category>

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		<description><![CDATA[RafaG es un emprendedor de proyectos Web, sin embargo, me planteo unas dudas hace ya un tiempo, ya que el no se sentía totalmente seguro de que proyectos suyos como Twitea.com, Twitters Costa Rica y otros que todavía tiene en la cabeza, estuvieran totalmente protegidos en caso de que alguien quisiera hacer un uso indebido [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F08%2Ftrademark-o-marca-registrada%2F' data-shr_title='%C2%BFTrademark+o+Marca+Registrada%3F'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F08%2Ftrademark-o-marca-registrada%2F' data-shr_title='%C2%BFTrademark+o+Marca+Registrada%3F'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F08%2Ftrademark-o-marca-registrada%2F' data-shr_title='%C2%BFTrademark+o+Marca+Registrada%3F'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><a href="http://twitter.com/Rafa" target="_blank">RafaG</a> es un emprendedor de proyectos Web, sin embargo, me planteo unas dudas hace ya un tiempo, ya que el no se sentía totalmente seguro de que proyectos suyos como Twitea.com, <a href="http://twitters.costa.rica.cr/" target="_blank">Twitters Costa Rica</a> y otros que todavía tiene en la cabeza, estuvieran totalmente protegidos en caso de que alguien quisiera hacer un uso indebido de sus ideas y ganar dinero a partir de sus ideas. Me preguntaba de que manera debía proteger la marca de sus diseños. Me planteo preguntas concretas:</p>
<p><strong>¿Deben un desarrollador, bloguer o comerciante comprar el dominio de su marca en Estados Unidos o Costa Rica? ¿Cual es la diferencia?</strong></p>
<p>R/ Es totalmente indiferente, puedes registrar el dominio de tu marca en cualquiera de los países contratantes del <a href="http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm7_s.htm" target="_blank">Tratado de ADPIC </a>o el <a href="http://www.wipo.int/treaties/es/registration/madrid/" target="_blank">Arreglo de Madrid sobre Marcas</a>, incluso actualmente Costa Rica esta a punto de aprobar el <a href="http://www.wipo.int/treaties/es/ip/tlt/" target="_blank">Tratado sobre el Derecho de Marcas</a> dentro del marco de la Agenda de Implementación del <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/DR-CAFTA" target="_blank">CAFTA</a>, lo que brinda mucha mas seguridad en este sentido. ¿Porque? Porque todos los países signatarios de estos tratados al firmar están obligados a respetar las marcas registradas en los otros países también signatarios (lo que nos permite deducir que es irrelevante donde compremos nuestro dominio, mientras nuestra marca este registrada, tendrá la protección en todos los países signatarios de los tratados).</p>
<p><strong>¿Porque algunas compañías no muestran interés en registrar sus marcas?</strong> Me coloco el ejemplo de Hi5&#8230;</p>
<p>R/ Es una decisión propia de la empresa, y el uso comercial que le quieran otorgar a la marca además de la exclusividad con que la quieran utilizar. Tal vez el negocio de Hi5 no dependa de su marca. Como repito, es decisión de la compañías o el desarrollador. Igualmente estos registros de marca pueden ser negados en los países por razones de legislación u otras que el encargado considere pertinentes. Sin embargo esto es importantísimo: no todos los proyectos web son capaces de producir una marca que efectivamente de ganancias en el &#8220;mundo real&#8221;. Me explico, de nada sirve que registre la marca &#8220;Marcial Cambronero&#8221; si no produzco un objeto tangible, cuya garantía de satisfacción dependa de que tenga la marca o provenga de mi persona. Además de esto el registro de marca comprende un proceso un poco laborioso ( burocrático si es en Costa Rica) y que obliga el desembolso importante de dinero, por lo tanto proyectos muy pequeños difícilmente pueden optar por esta protección.</p>
<p><strong>¿Cuando registro el dominio, inmediatamente registro la marca?</strong></p>
<p>Esta no fue una pregunta hecha en si, es mas bien algo que note que podría prestarse para confusión y quisiera dejarlo claro. Cuando registras un dominio en el lugar donde sea, NO estas registrando una marca en ningún sentido ni tienes ningún derecho de ese tipo. Simplemente estas comprando una dirección (los aspectos técnicos los desconozco totalmente) que puedes apuntar donde quieras, por ejemplo tu hosting. El registro de marca como dije arriba es un proceso harto mas complejo y con un desembolso mucho mas importante que 9.95$.</p>
<p><strong>¿Que hago para protegerme entonces?</strong></p>
<p>Si estas creando un proyecto Web y crees que en un futuro el mismo tendrá mucho valor como Marca Registrada (recuerda, debes brindar un servicio o producto especifico, que se destaque por e simple hecho de ser de tu marca. Por ejemplo <em>Asesorías Aduaneras Marcial Cambronero </em>®seria un servicio tangible que destacaría por ser mio, en cuyo caso podría registrar la marca para los servicios de asesoría. Si no tienes un producto tangible que desarrollar para otorgarle tu marca, igualmente puedes proteger el código fuente y el diseño de tu proyecto web mediante los derechos de autor, con lo cual cualquier copia de tu servicio o de el diseño del mismo podrá ser denunciado.</p>
<p><strong>¿Y que tengo que hacer para tener la protección?</strong></p>
<p>Nada, cualquier obra intelectual (incluyendo el software de computadora) queda inmediatamente protegido por ley. Sin embargo esto debe ser probado en caso de llevarse a cabo algún reclamo, para lo que existen instituciones como <a href="https://www.safecreative.org/" target="_blank">Safe Creative</a> que se encargan de certificar tu creación con valor legal.</p>
<p><strong>¿Que les recomiendo?</strong></p>
<p><a href="http://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3digo_abierto" target="_blank">Codigo Abierto</a>, Licencias Abiertas del tipo <a href="http://creativecommons.org/" target="_blank">Creative Commons</a> o <a href="http://www.coloriuris.net/" target="_blank">Coloriuris</a>. Existen miles de formas de obtener ganancias de tus ideas en Internet. La imaginación y la experiencia de las personas son el mejor aliado.</p>
<p>Espero que esto haya satisfecho las preguntas de <a href="http://twitter.com/Rafa" target="_blank">Rafa</a> y le haya alimenatado su entusiasmo. Tambien espero haber aclarado las dudas en general y si tienen alguna mas con gusto se las atendere.</p>
<div class="shr-publisher-102"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Derecho marcario: Post-it</title>
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		<pubDate>Sat, 19 Jul 2008 23:00:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[derecho marcario]]></category>
		<category><![CDATA[patentes]]></category>

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		<description><![CDATA[Hoy vamos a hablar un poco de Derecho Marcario, una de las ramas de la Propiedad Industrial, a mi parecer la mas complicada y por ende mas rica en discusión. Como ejemplo para esta rama voy a usar un ejemplo de un producto bien conocido: los Post-It o Notas Adhesivas. Todos conocemos estos pequeños cuadros [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fderecho-marcario-post-it%2F' data-shr_title='Derecho+marcario%3A+Post-it'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fderecho-marcario-post-it%2F' data-shr_title='Derecho+marcario%3A+Post-it'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fderecho-marcario-post-it%2F' data-shr_title='Derecho+marcario%3A+Post-it'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Hoy vamos a hablar un poco de <a href="http://www.wipo.int/trademarks/es/trademarks.html" target="_blank">Derecho Marcario</a>, una de las ramas de la Propiedad Industrial, a mi parecer la mas complicada y por ende mas rica en discusión. Como ejemplo para esta rama voy a usar un ejemplo de un producto bien conocido:<strong> los <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Post-It" target="_blank">Post-It </a>o Notas Adhesivas.</strong></p>
<p>Todos conocemos estos pequeños cuadros de papel de diferentes tamaños y múltiples colores que nos han ayudado a recordar pequeños detalles, ideas y muchas otras cosas de nuestro diario convivir. Todo esto es producto de <strong>Spencer Silver que en el año 1968 en los laboratorios de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a></strong>, desarrollo las notas y el pegamento que utilizan, casi de inmediato el invento fue patentado y la fama y la gloria llego para los pequeños trozos de &#8220;memoria&#8221;. <strong>Actualmente la patente continua en manos de 3M</strong> que cada cierto tiempo añade químicos y variantes al producto, que ahora es reciclable y no contamina durante su producción.</p>
<p>En la parte del Derecho Marcario encontramos que las <strong>marca denominativa &#8220;Post-It&#8221; esta registrada, tanto en el registro estadounidense como en el comunitario europeo</strong>, lo que lo convierte prácticamente en un una marca registrada a nivel mundial, amparada bajo el <a href="http://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/trips_s.htm" target="_blank">ADPIC</a> y el <a href="http://www.wipo.int/treaties/es/registration/madrid/index.html" target="_blank">Acuerdo de Madrid</a>. No he podido encontrar registros en Costa Rica de la marca sin embargo esta protegida debida a la notoriedad de la marca a nivel mundial (<em>Titulo III de la Ley de Marcas y Signos Distintivos</em>). También bajo el registro de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a> encontramos el dibujo o diseño de la Marca Post-It, también registrado en ambos lugares. La muestra del dibujo registrado:</p>
<p><a href="http://libreperiodismo.com/wp-content/uploads/2008/07/posit1.gif"><img class="size-medium wp-image-91" title="Post It" src="http://marcialcambronero.info//wp-content/uploads/posit1.gif" alt="Signo distintivo de la Marca Post-it" width="389" height="233" /></a></p>
<p>Pues muy bien, de momento todo cristalino, una marca, un gran invento que se protege con patente y una marca que se utiliza para proteger el producto diseñado. ¿Nada extraño de momento verdad?. Pues además de registrar el nombre y el símbolo para la marca Post-It, 3M decidió <strong>registrar como signo distintivo(marca) el color amarillo canario</strong>.</p>
<p>La reacción natural al leer esto es de considerar patético el intento de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a> de prohibirnos utilizar algo que ni ellos crearon y cuyo uso es sumamente común (¿De que color rellenábamos el sol cuando lo pintábamos de niño?), de hecho este tipo de acciones son fuertemente criticadas en muchas webs creyendo que son compañías multinacionales tratando de patentar o registrar lo inaudito y lo común con el afán de lograr una ventaja económica. Y aunque estas compañías no son mis favoritas, vamos a explicar porque esto no es así y no vamos a tener que pagar por utilizar un color en nuestros dibujos. Aclaremos punto por punto:</p>
<p><strong>El color amarillo canario no esta siendo patentado.</strong> Los colores no son patentables por que son muy comunes y su uso no puede ser restringido debido al efecto negativo que tendría en la población en general; recordemos que esta primero el bien publico al bien común. <em>En el Artículo 1 de la Ley de Patentes</em> nos mencionan las invenciones no patentables:</p>
<p style="text-align: center;"><em>b) Las creaciones puramente estéticas, las obras literarias y artísticas.</em></p>
<p>A mi opinión un color es una creación estética  (esta dirigido a dar belleza o mejor estética a un dibujo o diseño) por lo tanto queda descartado como patentable. ¿Entonces <strong>que es lo que trata de hacer 3M?.</strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><strong>Registrar un signo o emblema para una marca.</strong> Un emblema es un: <em>Signo figurativo que identifica y distingue una empresa o un establecimiento.</em> Por lo tanto, lo que 3M trata de conseguir en realidad es, que <strong>el color amarillo canario sea representativo de sus notas adhesivas, </strong>y con esto prohibir que otras compañías puedan utilizar este color en especifico para crear sus marcas de notas adhesivas.</p>
<p><strong>¿Significa que no voy a poder utilizar el amarillo canario en un emblema o signo para mi empresa?</strong></p>
<p>No, esto significa que tienes prohibido (en los países que esto esta aprobado) utilizar el color amarillo canario como tintura para las notas adhesivas de papel, a menos de que tuvieras permiso por parte del titular (en este caso 3M). Si quieres crear vasos o micrófonos de color amarillo canario tienes todo tu derecho sin ni siquiera consultar a 3M.</p>
<p style="text-align: left;"><strong>¿Porqué?</strong></p>
<p>Porque de acuerdo con el <em>Articulo 25.a de la Ley de Marcas</em> los registros de una marca, signo o emblema esta limitado a la lista de servicios pedidos en su registro, estos de acuerdo con la Clasificación del Arreglo de Niza pedida en la solicitud de la marca. Esto significa que cuando registramos una marca, elegimos para que tipo de productos y/o servicios lo usaremos (Por ejemplo, PolloBurguer para productos alimenticios derivados de carne y pollo) y esta lista sera la limitación de nuestra marca (alguien podría usar PolloBurguer para servicios de Internet y no podríamos ejercer reclamo por que no esta protegido por la marca que solicitamos, aunque suene absurdo muestra claramente la idea jurídica).</p>
<p><strong>¿En Fin?</strong></p>
<p><a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a> no tiene un monopolio sobre el color amarillo canario. Simplemente tiene un registro con el cual no permite el uso de este color en artículos de oficina con aplicación similar a los Post-It debido a que podría causar confusión sobre el cliente a la hora de elegir entre competidores. <strong>Solamente en los artículos de oficina de uso similar. Recordémoslo.</strong> Ya podemos usar tranquilamente nuestra caja de lapices, no hay riesgo de demanda <img src='http://marcialcambronero.com/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' />  .</p>
<p>Sin embargo, a pesar de que en los Estados Unidos y la UE el amarillo canario esta aprobado y forma parte de la marca Post-It, en países como <a href="http://www.findlaw.com.au/article/6864.htm" target="_blank">Australia su registro fue rechazado en el 2002</a> ya que no se pudo comprobar que el color fuera un signo característico de la marca ya que en la consulta a la población, esta no lo definió como un aspecto predominante. Esto muestra las diferencias entre los países y que están dispuestos a dejar registrar para defender las marcas de las empresas. <strong>Además plantea la discusión sobre si realmente los colores específicos pueden ser parte de los registros de marca,</strong> debido a su uso común como dijimos arriba o si deben considerarse como una parte integral de estos. En Costa Rica el <em>Articulo 7.e de la Ley de Marcas</em> dicta que no puede ser admisible como marca un simple color considerado aisladamente. Aquí planteamos la duda si se debe considerar el color como un asunto aislado o no de la marca.</p>
<p>¿Ustedes que opinan?</p>
<p><em>PD: Recuerda que si surge una duda o algo no queda claro no dudes en comentarlo, con gusto lo atendere</em></p>
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		<title>Propiedad Intelectual y Desarrollo (No.1)</title>
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		<pubDate>Tue, 20 May 2008 05:57:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[derecho marcario]]></category>
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			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F05%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo-no1%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.1%29'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F05%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo-no1%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.1%29'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F05%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo-no1%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.1%29'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><em>Este articulo es el primero de una pequeña serie que iré entregándoles con unas ideas rápidas y concisas de mi persona acerca de la relación P.I. y Desarrollo en particular en los países en vías de desarrollo (PED).</em></p>
<p>Interesante articulo sobre propiedad intelectual de la <strong>Latin Bussinnes Chronicle</strong> en la cual tratan de cuajarnos una idea de relación entre P.I. y desarrollo. Una idea que no resulta en absoluto descabellada, pero se debe mirar detenidamente cada parte de este proceso y refinarlo en acciones que permitan dirigir la propiedad intelectual hacia un beneficio social con justa retribución al creador.</p>
<p>Primero destacar el hecho importante de que 23 de los propietarios de los derechos de P.I. están concentrados en Países Desarrollados lo que debería implicar un flujo de conocimiento hacia los Países En Vías de Desarrollo , flujo que no se da actualmente(esto por múltiples razones, desde leyes hasta malas relaciones diplomáticas) esto provoca que la llegada de esta materia protegida sea por métodos no convencionales (Internet el mas claro de ellos, y principalmente sobre materia intangible como la información) que facilitan  el acceso a la materia sin retribución al creador, caso de esto es la música lanzada solo para ciertas zonas o programas que en cuestión de pocas horas se comparte en múltiples redes. Se debe comprender que la exclusividad geográfica de un producto(en especial intangible como la música) ya no existe debido a la interconexión mundial actual que no permite sucesos puramente locales.</p>
<p>Importante seria ver flujos de información colaboradora de los Países Desarrollados a los Países en Vías de Desarrollo y de una vez por todas lanzamientos mundiales verdaderos utilizando Internet y la logística actual como &#8220;<em>launching methods</em>&#8220;, los mismos (los lanzamientos) deben ser claros e igualitarios ya que si se crea alguna diferenciación del tipo que sea pronto se vera contrariada y vulnerada con la consecuente pirateo del contenido. Igual destino han tenido las medidas anti-copia, que son objeto de agravio peor.</p>
<p>Nuevamente repito mi idea contra esto : estas medidas crean sensaciones de censura o contención que incitan a quebrar estos sistemas en un acto puro de rebeldía justificada.</p>
<p><a href="http://marcialcambronero.info/2008/07/10/propiedad-intelectual-y-desarrollo/" target="_blank">Segunda Parte &gt;&gt;</a></p>
<p><a title="Patentes y marcas EEUU" href="http://www.flickr.com/photos/92655915@N00/317980092/" target="_blank"><img src="http://farm1.static.flickr.com/133/317980092_aba3b7dabb_m.jpg" border="0" alt="Patentes y marcas EEUU" /></a><br />
<small><a title="Attribution-NonCommercial-ShareAlike License" href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/" target="_blank"></a> <a href="http://www.photodropper.com/photos/" target="_blank">photo</a> credit: <a title="rwx" href="http://www.flickr.com/photos/92655915@N00/317980092/" target="_blank">rwx</a></small></p>
<div class="shr-publisher-30"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Interiuris: Excelente Blog, Excelente articulo</title>
		<link>http://marcialcambronero.com/2008/04/interiuris-excelente-blog-excelente-articulo/</link>
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		<pubDate>Fri, 18 Apr 2008 06:10:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
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		<description><![CDATA[photo credit: Stephen Downes Excelente el articulo que leo en Interiuris, de Andy Ramos, en el cual se discute y se informa sobre la propiedad intelectual en todos sus aspectos de la mano de un experto, y que les recomiendo bastante en caso de que les interese el tema como a mi. El articulo nos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F04%2Finteriuris-excelente-blog-excelente-articulo%2F' data-shr_title='Interiuris%3A+Excelente+Blog%2C+Excelente+articulo'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F04%2Finteriuris-excelente-blog-excelente-articulo%2F' data-shr_title='Interiuris%3A+Excelente+Blog%2C+Excelente+articulo'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F04%2Finteriuris-excelente-blog-excelente-articulo%2F' data-shr_title='Interiuris%3A+Excelente+Blog%2C+Excelente+articulo'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><img src="http://farm4.static.flickr.com/3068/2411538154_9a8b6728f9_m.jpg" border="0" alt="Copyright?" /><br />
<small><a title="Attribution-NonCommercial License" href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.0/" target="_blank"></a> <a href="http://www.photodropper.com/photos/" target="_blank">photo</a> credit: Stephen Downes</small></p>
<p>Excelente el articulo que leo en <a href="http://www.interiuris.com/blog/?p=431" target="_blank">Interiuris,</a> de Andy Ramos, en el cual se discute y se informa sobre la propiedad intelectual en todos sus aspectos de la mano de un experto, y que les recomiendo bastante en caso de que les interese el tema como a mi. El articulo nos muestra como, a mi opinión, la avaricia de un grupo de propietarios de la marca registrada de los dibujos y tipografía del escritor <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Antoine_de_Saint_Exup%C3%A9ry" target="_blank">Antoine Saint-Exupery</a>, ha provocado que sean demandadas varias editoriales coreanas por el uso de las mismas en una publicación del libro mas famoso de este autor; <em>El Principito</em>, un hecho en mi opinion bastante reprobable, que solo busca obtención de un beneficio económico a partir de la genialidad del desaparecido autor.</p>
<p>Además de esto, el autor nos incita a razonar un poco sobre la razón de este conflicto desde el punto de vista jurídico, como son la capacidad de acumulación y compatibilidad de los derechos de propiedad intelectual por lo cual los derechos de propiedad industrial (como lo son las marcas) son compatibles con los derechos de autor y por lo tanto su régimen temporal se extiende mas allá de lo que menciona la ley (25 años), creando conflictos cuando una obra ingresa al dominio publico pero mantiene un derecho de marca, como es en este caso. Me parece urgente un cambio en esta pequeña &#8220;falla&#8221; legal antes de que encontremos mas casos similares, ya que esto corre en total oposición a la idea de que una obra intelectual entre al dominio publico el cual debería ser  su uso libre para aumentar el acerbo de conocimiento de la sociedad, no para seguir produciendo ganancias a unos pocos dueños de las marcas de obras que nunca fueron realmente suyas. Creo que una obra al ser ingresada al dominio publico debería perder cualquier otra derecho de propiedad intelectual (exceptuando los derechos morales por supuesto) para que su manipulación y uso puedan ser cómodos y realmente ayudar a la sociedad.</p>
<address><em>PD: Andy, si lees el trackback y encuentras algun error no dudes en hacérmelo saber. Igualmente para los lectores</em>.</address>
<div class="shr-publisher-18"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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