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	<title>Marcial Cambronero &#187; patentes</title>
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	<description>Propiedad Intelectual y más..</description>
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		<title>Podcast 1: &#8220;Apple vs. Where To?&#8221;</title>
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		<pubDate>Mon, 09 Aug 2010 03:16:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Podcast]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[patentes]]></category>

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		<description><![CDATA[Siempre he querido realizar un podcast, pero miedo o el tiempo siempre me han dejado sin oportunidad. Hasta ahora. Hoy inauguramos esta categoría hablando de un controversial caso de una solicitud de patente por parte de Apple y que afecta a la aplicación Where To?. Le agradezco a @Rafa y a @Yeco por hacerme llegar [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F08%2Fpodcast-1-apple-vs-where-to%2F' data-shr_title='Podcast+1%3A+%22Apple+vs.+Where+To%3F%22'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F08%2Fpodcast-1-apple-vs-where-to%2F' data-shr_title='Podcast+1%3A+%22Apple+vs.+Where+To%3F%22'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F08%2Fpodcast-1-apple-vs-where-to%2F' data-shr_title='Podcast+1%3A+%22Apple+vs.+Where+To%3F%22'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Siempre he querido realizar un podcast, pero miedo o el tiempo siempre me han dejado sin oportunidad. Hasta ahora. Hoy inauguramos esta categoría hablando de un <a href="http://www.futuretap.com/blog/the-patent-case-we-havent-called/">controversial </a><a href="http://www.unwiredview.com/2010/07/30/apple-starts-patenting-mobile-app-ideas/">caso</a> de una <a href="http://appft.uspto.gov/netacgi/nph-Parser?Sect1=PTO1&amp;Sect2=HITOFF&amp;d=PG01&amp;p=1&amp;u=%2Fnetahtml%2FPTO%2Fsrchnum.html&amp;r=1&amp;f=G&amp;l=50&amp;s1=%2220100190510%22.PGNR.&amp;OS=DN/20100190510&amp;RS=DN/20100190510">solicitud de patente por parte de Apple</a> y que afecta a la aplicación <a href="http://www.futuretap.com/home/whereto-es/">Where To?</a>. Le agradezco a <a href="http://twitter.com/Rafa">@Rafa</a> y a <a href="http://twitter.com/Yeco">@Yeco</a> por hacerme llegar la noticia y a <a href="http://twitter.com/credondocr">@credondocr</a> por ayudarme a ver las funciones de Where To?.</p>
<p>El podcast esta disponible en <a href="https://s3.amazonaws.com/marcialcambronero.com/podcast/PODCAST_01.mp3">.mp3</a> o <a href="https://s3.amazonaws.com/marcialcambronero.com/podcast/PODCAST_01.ogg">.ogg</a> para decargar, además del player incluido. Que disfruten.</p>

<p><strong>Actualización:</strong> Future Tap <a href="http://www.futuretap.com/blog/patentgate-apple-responded/">ha actualizado con la respuesta por parte de Apple</a> donde se asegura (como mencionamos en el podcast) que el uso de la imagen no implica patentar la misma aplicación.</p>
<p><span style="color: #999999;"><em>PD: La calidad sin duda no es la mejor, así que si alguno la desee mejorar, se aceptan donaciones para micrófonos <img src='http://marcialcambronero.com/wp-includes/images/smilies/icon_wink.gif' alt=';)' class='wp-smiley' /> .</em></span></p>
<div class="shr-publisher-699"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>¿Cual es la diferencia entre Derechos de Autor, Marca Registrada y Patente.</title>
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		<pubDate>Sat, 02 Jan 2010 02:45:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[derecho internet]]></category>
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		<description><![CDATA[Hace un tiempo ya (varios meses casi) pase una pregunta a Twitter basada en lo que este articulo que hablaba sobre la diferencia entre patente, marca y derechos de autor; una cuestión que a veces puede ser difícil de explicar. Los resultados fueron estos: Por lo que decidí a crear un pequeño remix/traducción del artículo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F01%2F%25c2%25bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente%2F' data-shr_title='%C2%BFCual+es+la+diferencia+entre+Derechos+de+Autor%2C+Marca+Registrada+y+Patente.'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F01%2F%25c2%25bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente%2F' data-shr_title='%C2%BFCual+es+la+diferencia+entre+Derechos+de+Autor%2C+Marca+Registrada+y+Patente.'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2010%2F01%2F%25c2%25bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente%2F' data-shr_title='%C2%BFCual+es+la+diferencia+entre+Derechos+de+Autor%2C+Marca+Registrada+y+Patente.'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Hace un tiempo ya (varios meses casi) pase una pregunta a Twitter basada en lo que este articulo que hablaba sobre la diferencia entre patente, marca y derechos de autor; una cuestión que a veces puede ser difícil de explicar. Los resultados fueron estos:</p>
<p><script src="http://twtpoll.com/js/badge.js" type="text/javascript"></script> <script src="http://twtpoll.com/badge/?twt=7gpicd&amp;r=1&amp;s=250&amp;b=1" type="text/javascript"></script></p>
<p>Por lo que decidí a crear un pequeño remix/traducción del <a href="http://dunlapcodding.com/phosita/2009/01/what-is-the-difference-between-a-patent-trademark-and-a-copyright.html">artículo de PHOSITA</a>, no solo para hispanizar el post sino también para ampliarlo de una mejor manera.</p>
<p><em>¿Que es la Propiedad Intelectual?</em></p>
<p>Empecemos con un pequeño descarte; si usted alguna vez ha dicho &#8220;Quiero patentar esa marca&#8221;, &#8220;Voy a registrar los derechos de autor por esa máquina&#8221; definitivamente este es el articulo para usted. No se sienta mal, no es fácil a veces entender estos conceptos sin enredarlos mas de una vez. Le pasa a todos. Sigamos.</p>
<p>La Propiedad Intelectual es el concepto del cual se derivan los otros tres que vamos a definir y separar, así que de acuerdo a la <a href="http://www.wipo.int/about-ip/es/">Organización Mundial de la Propiedad Intelectual</a>, la Propiedad Intelectual se define como:</p>
<blockquote><p>La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.</p></blockquote>
<p>Es importante entender que la Propiedad Intelectual no protege las &#8220;ideas&#8221;, sino la expresión de las ideas, ya que sino sería imposible determinar quien &#8220;pensó&#8221; algo primero. Ahora si, ya que lo entendemos el concepto amplio veamos como se diferencia estos tres conceptos que en realidad son los mas utilizados <sup><a href="http://marcialcambronero.com/2010/01/%c2%bfcual-es-la-diferencia-entre-derechos-de-autor-marca-registrada-y-patente/#footnote_0_448" id="identifier_0_448" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="La Traducci&oacute;n es libre y hecha por un servidor">1</a></sup>:</p>
<ul>
<li>Patentes: Se encargan de proteger las expresiones <strong>funcionales</strong> de una idea &#8211; no la idea en sí. Una máquina, método o proceso, la fabricación, la composición de la materia, y las mejoras de cualquiera de estos elementos puede ser patentado. Por lo tanto, puedo patentar un diseño de la punta de un cohete, o el método de hacer el cohete, o el método de hacer el combustible para cohetes, o el metal en el que el combustible de cohetes se almacena, o una nueva manera de transportar el combustible de cohetes al cohete. Pero no puedo dejar patente el amplio <em>&#8221; idea &#8220;</em>de un cohete.</li>
<li>Derechos de autor: Da protección a la <strong>expresión creativa específica</strong> de una idea a través de cualquier medio artístico / expresión creativa &#8211; es decir, pinturas, fotografías, esculturas, textos, software, etc El derecho de autor protege la pintura de un granero, pero no prohíbe a otro pintor expresar su punto de vista artístico mediante la pintura de un granero.  Asimismo, aunque Ian Fleming, fue capaz de recibir una protección por derecho de autor en su expresión concreta de la idea de un agente secreto (es decir, un elegante agente secreto Inglés), no pudo evitar que Rich Wilkes recibiera la protección por derecho de autor en su expresión de la idea de un agente secreto (es decir, un deportista extremo tatuado calvo convertido en un agente secreto renuentes; Triple X).</li>
<li>Marcas: Ofrece la protección de cualquier <strong>símbolo que indica la fuente o el origen de los productos o servicios a los que se haya colocado</strong>. Mientras que una marca puede ser extremadamente valiosa para su dueño, el fin último de la marca es proteger a los consumidores &#8211; es decir, la función de una marca es informar al consumidor si los bienes o servicios se originan en un lugar o de una forma específica. El consumidor, conocer el origen de los productos, puede tomar decisiones de compra basadas en el conocimiento previo, la reputación o la comercialización.</li>
</ul>
<div class="wp-caption alignnone" style="width: 290px"><img class="s3-img" style="border: 0pt none;" src="http://marcialcambronero.info.s3.amazonaws.com/principito.gif" border="0" alt="principito.gif" width="280" height="289" /><p class="wp-caption-text">Esta imagen se protegió primero por derechos de autor, y luego por derechos de marca, creándole una protección indefinida a favor de los dueños, ¿esta eso bien?</p></div>
<p>Vistos de esta manera, es sumamente fácil distinguir las diferencias de cada uno (un libro no tiene expresión funcional, ¿verdad?); sin embargo, el problema reside cuando nos encontramos que un solo elemento puede protegerse de diversas maneras, por ejemplo encontramos que el símbolo de una marca puede recibir protección por derechos de autor o protección de marcas, o un software de computación en el cual el código en que fue escrito se protege como un escrito (derechos de autor), mientras que la funcionalidad total del software puede protegerse con una patente.</p>
<p>Sobre estos temas incluso existen discusiones, por ejemplo, algunos pensamos que debido al doble régimen del software en estos momentos, su protección debería dejarse a las patentes únicamente; o que los logos empresariales solo deberían tener protección de marcas, y que las indicaciones geográficas son un elemento aparte de las marcas etc.</p>
<p>El campo es sumamente diverso y estos son solo algunos ejemplos para mostrar la complejidad de la propiedad intelectual. El verdadero trabajo para las compañías resulta en el escoger que tipo de protección deben escoger para su proyecto o producto y donde la <strong>asesoría de un experto</strong> es fundamental.</p>
<p>Espero que les haya agradado y quedado claro estos conceptos. Cualquier duda, los comentarios. <img src='http://marcialcambronero.com/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' /> </p>
<div class="shr-publisher-448"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><ol class="footnotes"><li id="footnote_0_448" class="footnote">La Traducción es libre y hecha por un servidor</li></ol>]]></content:encoded>
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		<title>Blog Action Day: Cambio Climático. Transferencia Tecnológica.</title>
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		<pubDate>Thu, 15 Oct 2009 14:00:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[patentes]]></category>

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		<description><![CDATA[Como cada 15 de Octubre y este año con un poco más de tiempo, este blog es parte del esfuerzo del Blog Action Day, una iniciativa bajo la cual cientos de miles de blogs hablan sobre un mismo tema en el mismo día, enfocándolo desde la perspectiva temática del blog. Y este año no es [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2009%2F10%2Fblog-action-day-cambio-climatico-transferencia-tecnologica%2F' data-shr_title='Blog+Action+Day%3A+Cambio+Clim%C3%A1tico.+Transferencia+Tecnol%C3%B3gica.'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2009%2F10%2Fblog-action-day-cambio-climatico-transferencia-tecnologica%2F' data-shr_title='Blog+Action+Day%3A+Cambio+Clim%C3%A1tico.+Transferencia+Tecnol%C3%B3gica.'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2009%2F10%2Fblog-action-day-cambio-climatico-transferencia-tecnologica%2F' data-shr_title='Blog+Action+Day%3A+Cambio+Clim%C3%A1tico.+Transferencia+Tecnol%C3%B3gica.'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Como cada 15 de Octubre y este año con un poco más de tiempo, este blog es parte del esfuerzo del <a href="http://www.blogactionday.org/">Blog Action Day</a>, una iniciativa bajo la cual cientos de miles de blogs hablan sobre un mismo tema en el mismo día, enfocándolo desde la perspectiva temática del blog. Y este año no es la excepción; <strong>¿Que relación pueden tener la propiedad intelectual y el cambio climático?</strong></p>
<p><a href="http://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/techtransfer_s.htm">Transferencia tecnológica</a>, es el concepto forjado en las negociaciones de la <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Ronda_de_Doha">Ronda de Doha</a> de la  Organización Mundial de Comercio (OMC), bajo el cual los países más desarrollados, en lo cuales como es sabido es donde se produce la mayor cantidad de investigación (o al menos se desembolsa la mayor cantidad de dinero para la misma) sean capaces de transferir estas tecnologías, como ayuda para el desarrolló y la mejor eficacia de los procesos productivos en los países en vías de desarrollo y los países pobres. Este concepto inclusive forma parte (y se quiere ampliar) del <a href="http://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/trips_s.htm">Acuerdo de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC)</a></p>
<p>Esta transferencia tiene su importancia en el cambio climático, <strong>cuando las tecnologías o procesos que queremos transferir tengan características positivas para el ambiente</strong>. Ejemplos de esto pueden ser materiales de construcción mas livianos y con métodos de producción mas limpios (existen ya casos) o procesos que sean carbono-neutrales de agricultura. Estos mismos son protegidos por las leyes de propiedad intelectual de cada país, sin embargo, amparados bajos las flexibilidades del ADPIC, estas tecnologías pueden ser compartidas y enseñadas a las empresas de países en vías de desarrollo, para beneficio tanto del país en desarrollo como del dueño de la patente, que no pierde sus derechos, sino que otorga una licencia a las empresas de otros países.</p>
<p>Existen <a href="http://www.google.co.cr/search?hl=en&amp;client=firefox-a&amp;rls=com.ubuntu:en-US:unofficial&amp;hs=2KX&amp;ei=vE7WSrn7C5KZtgeaufGJBw&amp;sa=X&amp;oi=spell&amp;resnum=0&amp;ct=result&amp;cd=1&amp;ved=0CAgQBSgA&amp;q=programas+de+transferencia+tecnologica&amp;spell=1">numerosos programas marco para estas cooperaciones</a> y existen ejemplos y estudios sobre este tema en especifico, sin embargo la mayoría de estos carecen de compromisos o fechas serias para el desarrollo de esta transferencia, por lo que el mismo puede ser lento e incluso pueden derivar en el ingreso de tecnologías obsoletas.</p>
<p>Es importante y a manera de reclamo, que estos programas sean cada vez mas activos y que inclusive fueran activos a la hora de involucrar a la población de los países a los cuales llegan estas tecnologías; así como los gobiernos deben adoptar de inmediato procesos que permitan no solo una mejor producción, sino una mas limpia, favoreciendo a la consecución de metas para la reducción de las emisiones de carbono en los países. Igualmente los gobiernos pueden favorecer a las empresas que utilicen de manera activa estos materiales y procesos, para impulsar el uso de los mismos. La activación de estos temas es sumamente fácil de lograr, ya que se tiene una aprobación popular.</p>
<p>De esta manera coloco mi pequeñísimo aporte a esta discusión de como la propiedad intelectual y el cambio climático tienen una relación que aunque no fundamental, si importante y que colabora a detener el excesivo consumo de recursos naturales y la destrucción de la naturaleza por parte de la voracidad de <em>&#8220;desarrollo&#8221; </em>del ser humano.</p>
<p><a href="http://www.blogactionday.org"><img src="http://www.blogactionday.org/imgs/badges/bad-300-250.jpg" border="0" alt="" /></a></p>
<div class="shr-publisher-428"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Genérico = Original</title>
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		<pubDate>Mon, 22 Dec 2008 06:52:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[patentes]]></category>

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		<description><![CDATA[Por dicha y a pesar de los que muchos manifiestan, la Sala IV todavía consigue de vez en cuando poner un orden lógico a las cosas que se suscitan en este país. Esta vez se trata del rechazo al reclamo de una paciente hacia el cambio de un medicamento genérico a partir de uno original. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Fgenerico-original%2F' data-shr_title='Gen%C3%A9rico+%3D+Original'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Fgenerico-original%2F' data-shr_title='Gen%C3%A9rico+%3D+Original'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Fgenerico-original%2F' data-shr_title='Gen%C3%A9rico+%3D+Original'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Por dicha y a pesar de los que muchos manifiestan, la Sala IV todavía consigue de vez en cuando poner un<a href="http://www.nacion.com/ln_ee/2008/diciembre/21/pais1819107.html" target="_blank"> orden lógico a las cosas que se suscitan en este país</a>. Esta vez se trata del rechazo al reclamo de una paciente hacia el cambio de un medicamento genérico a partir de uno original. Imagino una fundamento lógica para el reclamo mas allá del clásico: Los originales son mejores porque&#8230;son originales y hay grandes compañías serias detrás de ellos. La Caja Costarricense de Seguro Social se ha encargado de que ambos medicamentos, genericos e innovador fueran bioequivalente, osea exactamente iguales a nivel biológico por lo que era exactamente igual, situación que se les menciono a todos los pacientes. Entonces, ¿que medio en la queja?</p>
<p>La ignorancia, creer que un medicamento genérico no es capaz de cumplir con las funciones del innovador solo por el nombre de la empresa. La mayoría de los medicamentos genericos son respaldados por grandes compañías dedicadas a la creación, investigación y perfeccionamiento de los mismos por lo que podemos desechar eso. Y si además le sumamos estudios que (suponemos) son serios por parte de la Caja, ¿donde hay que temer?</p>
<p>Hay que deshacerse de las ideas preconcebidas sobre las cuales se valen muchas compañías (no solo farmacéuticas) para vender a precios extravagantes sus productos sin que exista una razón real. Los ticos somos propensos a esto. Es hora de cambiarlo.</p>
<p>¿Que tan importante es para ustedes que sus medicamentos sean innovadores y no genéricos?</p>
<p><a title="Farmacia" href="http://www.flickr.com/photos/24522952@N05/2811106490/" target="_blank"><img src="http://farm4.static.flickr.com/3106/2811106490_5de33d9549_m.jpg" border="0" alt="Farmacia" /></a><br />
<small><a title="Attribution-NoDerivs License" href="http://creativecommons.org/licenses/by-nd/2.0/" target="_blank"><img src="http://marcialcambronero.info//wp-content/plugins/photo-dropper/images/cc.png" border="0" alt="Creative Commons License" width="16" height="16" align="absmiddle" /></a> <a href="http://www.photodropper.com/photos/" target="_blank">photo</a> credit: <a title="Nesta Vazquez" href="http://www.flickr.com/photos/24522952@N05/2811106490/" target="_blank">Nesta Vazquez</a></small></p>
<div class="shr-publisher-187"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Investigación: Patentes, Fármacos y Economía</title>
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		<pubDate>Fri, 05 Dec 2008 02:31:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comercio y Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
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		<description><![CDATA[De tiempo en tiempo publico pequeños trabajos o investigaciones que voy realizando que son pertinentes a el tema del blog. Esta vez les traigo uno del cual me siento particularmente orgulloso y que fue realizado en grupo para un curso de Economía Internacional. Yo y otras tres personas nos decidimos a encontrar los efectos económicos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Finvestigacion-patentes-farmacos-y-economia%2F' data-shr_title='Investigaci%C3%B3n%3A+Patentes%2C+F%C3%A1rmacos+y+Econom%C3%ADa'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Finvestigacion-patentes-farmacos-y-economia%2F' data-shr_title='Investigaci%C3%B3n%3A+Patentes%2C+F%C3%A1rmacos+y+Econom%C3%ADa'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F12%2Finvestigacion-patentes-farmacos-y-economia%2F' data-shr_title='Investigaci%C3%B3n%3A+Patentes%2C+F%C3%A1rmacos+y+Econom%C3%ADa'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>De tiempo en tiempo publico pequeños trabajos o investigaciones que voy realizando que son pertinentes a el tema del blog. Esta vez les traigo uno del cual me siento particularmente orgulloso y que fue realizado en grupo para un curso de Economía Internacional. Yo y otras tres personas nos decidimos a encontrar los efectos económicos que producen las patentes farmacéuticas, bajo la lupa de una de las teorías económicas mas conocidas, la Teoría del Ciclo del Producto. Dentro del mismo están aclaraciones de conceptos y otros que espero que lo hagan claro e informativo para todos.</p>
<p>Espero que puedan ojearlo y analizarlo y compartir sus conclusiones aquí mismo y si encuentran fallas/recomendaciones las compartan y hagan la investigación mucho mejor.</p>
<p><a href="http://www.adrive.com/public/da3b6985608c73580143e1b1e30e9fed0df10eeb6485b8d351ba788cdb063755.html"> Descarga Directa en PDF. </a></p>
<p><object width="500" height="550" data="http://viewer.docstoc.com/" type="application/x-shockwave-flash"><param name="id" value="_ds_2865405" /><param name="name" value="_ds_2865405" /><param name="FlashVars" value="doc_id=2865405&amp;mem_id=233795&amp;doc_type=pdf&amp;fullscreen=0" /><param name="allowScriptAccess" value="always" /><param name="allowFullScreen" value="true" /><param name="src" value="http://viewer.docstoc.com/" /></object><br />
<span style="font-size: xx-small;"> Implicación Económica de la influencia de las patentes en los ciclos productivos: Casos prácticos para productos farmacéuticos.  &#8211; Get more College Essays</span></p>
<div class="shr-publisher-180"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic -->]]></content:encoded>
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		<title>Derecho marcario: Post-it</title>
		<link>http://marcialcambronero.com/2008/07/derecho-marcario-post-it/</link>
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		<pubDate>Sat, 19 Jul 2008 23:00:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[derecho marcario]]></category>
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		<description><![CDATA[Hoy vamos a hablar un poco de Derecho Marcario, una de las ramas de la Propiedad Industrial, a mi parecer la mas complicada y por ende mas rica en discusión. Como ejemplo para esta rama voy a usar un ejemplo de un producto bien conocido: los Post-It o Notas Adhesivas. Todos conocemos estos pequeños cuadros [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fderecho-marcario-post-it%2F' data-shr_title='Derecho+marcario%3A+Post-it'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fderecho-marcario-post-it%2F' data-shr_title='Derecho+marcario%3A+Post-it'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fderecho-marcario-post-it%2F' data-shr_title='Derecho+marcario%3A+Post-it'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p>Hoy vamos a hablar un poco de <a href="http://www.wipo.int/trademarks/es/trademarks.html" target="_blank">Derecho Marcario</a>, una de las ramas de la Propiedad Industrial, a mi parecer la mas complicada y por ende mas rica en discusión. Como ejemplo para esta rama voy a usar un ejemplo de un producto bien conocido:<strong> los <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Post-It" target="_blank">Post-It </a>o Notas Adhesivas.</strong></p>
<p>Todos conocemos estos pequeños cuadros de papel de diferentes tamaños y múltiples colores que nos han ayudado a recordar pequeños detalles, ideas y muchas otras cosas de nuestro diario convivir. Todo esto es producto de <strong>Spencer Silver que en el año 1968 en los laboratorios de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a></strong>, desarrollo las notas y el pegamento que utilizan, casi de inmediato el invento fue patentado y la fama y la gloria llego para los pequeños trozos de &#8220;memoria&#8221;. <strong>Actualmente la patente continua en manos de 3M</strong> que cada cierto tiempo añade químicos y variantes al producto, que ahora es reciclable y no contamina durante su producción.</p>
<p>En la parte del Derecho Marcario encontramos que las <strong>marca denominativa &#8220;Post-It&#8221; esta registrada, tanto en el registro estadounidense como en el comunitario europeo</strong>, lo que lo convierte prácticamente en un una marca registrada a nivel mundial, amparada bajo el <a href="http://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/trips_s.htm" target="_blank">ADPIC</a> y el <a href="http://www.wipo.int/treaties/es/registration/madrid/index.html" target="_blank">Acuerdo de Madrid</a>. No he podido encontrar registros en Costa Rica de la marca sin embargo esta protegida debida a la notoriedad de la marca a nivel mundial (<em>Titulo III de la Ley de Marcas y Signos Distintivos</em>). También bajo el registro de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a> encontramos el dibujo o diseño de la Marca Post-It, también registrado en ambos lugares. La muestra del dibujo registrado:</p>
<p><a href="http://libreperiodismo.com/wp-content/uploads/2008/07/posit1.gif"><img class="size-medium wp-image-91" title="Post It" src="http://marcialcambronero.info//wp-content/uploads/posit1.gif" alt="Signo distintivo de la Marca Post-it" width="389" height="233" /></a></p>
<p>Pues muy bien, de momento todo cristalino, una marca, un gran invento que se protege con patente y una marca que se utiliza para proteger el producto diseñado. ¿Nada extraño de momento verdad?. Pues además de registrar el nombre y el símbolo para la marca Post-It, 3M decidió <strong>registrar como signo distintivo(marca) el color amarillo canario</strong>.</p>
<p>La reacción natural al leer esto es de considerar patético el intento de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a> de prohibirnos utilizar algo que ni ellos crearon y cuyo uso es sumamente común (¿De que color rellenábamos el sol cuando lo pintábamos de niño?), de hecho este tipo de acciones son fuertemente criticadas en muchas webs creyendo que son compañías multinacionales tratando de patentar o registrar lo inaudito y lo común con el afán de lograr una ventaja económica. Y aunque estas compañías no son mis favoritas, vamos a explicar porque esto no es así y no vamos a tener que pagar por utilizar un color en nuestros dibujos. Aclaremos punto por punto:</p>
<p><strong>El color amarillo canario no esta siendo patentado.</strong> Los colores no son patentables por que son muy comunes y su uso no puede ser restringido debido al efecto negativo que tendría en la población en general; recordemos que esta primero el bien publico al bien común. <em>En el Artículo 1 de la Ley de Patentes</em> nos mencionan las invenciones no patentables:</p>
<p style="text-align: center;"><em>b) Las creaciones puramente estéticas, las obras literarias y artísticas.</em></p>
<p>A mi opinión un color es una creación estética  (esta dirigido a dar belleza o mejor estética a un dibujo o diseño) por lo tanto queda descartado como patentable. ¿Entonces <strong>que es lo que trata de hacer 3M?.</strong></p>
<p><strong></strong></p>
<p><strong>Registrar un signo o emblema para una marca.</strong> Un emblema es un: <em>Signo figurativo que identifica y distingue una empresa o un establecimiento.</em> Por lo tanto, lo que 3M trata de conseguir en realidad es, que <strong>el color amarillo canario sea representativo de sus notas adhesivas, </strong>y con esto prohibir que otras compañías puedan utilizar este color en especifico para crear sus marcas de notas adhesivas.</p>
<p><strong>¿Significa que no voy a poder utilizar el amarillo canario en un emblema o signo para mi empresa?</strong></p>
<p>No, esto significa que tienes prohibido (en los países que esto esta aprobado) utilizar el color amarillo canario como tintura para las notas adhesivas de papel, a menos de que tuvieras permiso por parte del titular (en este caso 3M). Si quieres crear vasos o micrófonos de color amarillo canario tienes todo tu derecho sin ni siquiera consultar a 3M.</p>
<p style="text-align: left;"><strong>¿Porqué?</strong></p>
<p>Porque de acuerdo con el <em>Articulo 25.a de la Ley de Marcas</em> los registros de una marca, signo o emblema esta limitado a la lista de servicios pedidos en su registro, estos de acuerdo con la Clasificación del Arreglo de Niza pedida en la solicitud de la marca. Esto significa que cuando registramos una marca, elegimos para que tipo de productos y/o servicios lo usaremos (Por ejemplo, PolloBurguer para productos alimenticios derivados de carne y pollo) y esta lista sera la limitación de nuestra marca (alguien podría usar PolloBurguer para servicios de Internet y no podríamos ejercer reclamo por que no esta protegido por la marca que solicitamos, aunque suene absurdo muestra claramente la idea jurídica).</p>
<p><strong>¿En Fin?</strong></p>
<p><a href="http://es.wikipedia.org/wiki/3M" target="_blank">3M</a> no tiene un monopolio sobre el color amarillo canario. Simplemente tiene un registro con el cual no permite el uso de este color en artículos de oficina con aplicación similar a los Post-It debido a que podría causar confusión sobre el cliente a la hora de elegir entre competidores. <strong>Solamente en los artículos de oficina de uso similar. Recordémoslo.</strong> Ya podemos usar tranquilamente nuestra caja de lapices, no hay riesgo de demanda <img src='http://marcialcambronero.com/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':-)' class='wp-smiley' />  .</p>
<p>Sin embargo, a pesar de que en los Estados Unidos y la UE el amarillo canario esta aprobado y forma parte de la marca Post-It, en países como <a href="http://www.findlaw.com.au/article/6864.htm" target="_blank">Australia su registro fue rechazado en el 2002</a> ya que no se pudo comprobar que el color fuera un signo característico de la marca ya que en la consulta a la población, esta no lo definió como un aspecto predominante. Esto muestra las diferencias entre los países y que están dispuestos a dejar registrar para defender las marcas de las empresas. <strong>Además plantea la discusión sobre si realmente los colores específicos pueden ser parte de los registros de marca,</strong> debido a su uso común como dijimos arriba o si deben considerarse como una parte integral de estos. En Costa Rica el <em>Articulo 7.e de la Ley de Marcas</em> dicta que no puede ser admisible como marca un simple color considerado aisladamente. Aquí planteamos la duda si se debe considerar el color como un asunto aislado o no de la marca.</p>
<p>¿Ustedes que opinan?</p>
<p><em>PD: Recuerda que si surge una duda o algo no queda claro no dudes en comentarlo, con gusto lo atendere</em></p>
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		<title>Propiedad Intelectual y Desarrollo (No. 2)</title>
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		<pubDate>Thu, 10 Jul 2008 21:30:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[derechos de autor]]></category>
		<category><![CDATA[patentes]]></category>

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		<description><![CDATA[Continuación de la serie Propiedad Intelectual y Desarrollo, puedes ver el anterior aquí. Esta vez vamos a ir entrando a unos aspectos un poco mas álgidos y enfocados a la razón de existencia de lo Derechos de Propiedad Intelectual. La duda que planteo esta vez es el aumento en el tiempo de protección de las [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.+2%29'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.+2%29'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F07%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.+2%29'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><em>Continuación de la serie <strong>Propiedad Intelectual y Desarrollo</strong>, puedes ver el anterior aquí.</em></p>
<p>Esta vez vamos a ir entrando a unos aspectos un poco mas álgidos y enfocados a la razón de existencia de lo Derechos de Propiedad Intelectual.</p>
<p>La duda que planteo esta vez es el aumento en el tiempo de protección de las obras en los últimos años y las razones por las cuales se ha dado. Este es uno de los temas que considero de mayor importancia y mas urgidos de una revisión.</p>
<p>Primero es importante recalcar que no podemos (ni pretendo) poner en duda el hecho de que la protección de <strong>los derechos de propiedad intelectual son un aliciente para los innovadores</strong> (si, incluso los que usamos licencias CC, GPL o similares, todos estamos bajo el mismo techo ) ya que el reconocimiento intelectual y/o económico es una necesidad de alto nivel de los seres humanos. Aclarando este hecho podemos empezar a analizar entonces si el aumento de las formas de protección de la propiedad intelectual, en especial por parte de los Países Desarrollados, se deben a una mayor necesidad de incentivo para los innovadores o solo resulta  en una forma de c<strong>onservación de monopolio y aumento de ingreso</strong>. Pongamos el ejemplo de las compañías farmacéuticas que es el ejemplo mas claro y el cual promuevo mas fuertemente. Existen estudios que demuestran que las ganancias de estas farmacéuticas ascienden hasta el <a href="http://www.adrive.com/public/17908021273b14ed5798042620016a0215d4518c53141e870848e520175c3411.html" target="_self">300% de la inversión</a> lo que los convierte en monstruos económicos, y en esta posición es que han provocado un brutal <em>lobby </em>en los <a href="http://www.elmundo.es/elmundosalud/2005/07/08/industria/1120843024.html" target="_blank">Países</a> Desarrollados, ejerciendo presión o incluso comprando votos para que la legislación de los países sea cada vez mas larga, en este caso para las patentes de sus productos, situación que ha generado un aumento en los derechos y plazos otorgados las patentes en general. También con esto podemos decir o especular que a pesar de las gigantes ganancias de las farmacéuticas, <strong>estas no son re-invertidas en desarrollo de nuevas vacunas o curas a cualquier enfermedad</strong>, sino solamente a las que tienen una cantidad de afectados &#8216;<em>&#8216;rentable</em>&#8221;, entiéndase esto como una enfermedad con una cantidad de infectados que pueda producir ganancias(<a href="http://www.elpais.com/articulo/salud/Chagas/epidemia/silenciosa/elpsalpor/20050426elpepisal_9/Tes" target="_blank">Como ejemplo propongo</a> el <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Enfermedad_de_Chagas-Mazza" target="_blank">Mal de Chagas</a>). Esto en mi opinión es  la mas clara demostración de que los plazos de protección son<strong> mas que suficientes y que incluso pueden ser reducidos sin el perjuicio a la innovación</strong>.Sin embargo es imposible lograr una reducción a estas medidas, ya que basados en derecho administrativo (de Costa Rica que es el caso que conozco sin embargo me parece que es un principio básico del derecho) el Estado es incapaz de removerle los derechos adquiridos a un administrado, así que hasta aquí llegarían nuestros sueños de reducción. Por este motivo es importante detener esta ampliación de los derechos, <strong>ya que se han conseguido un tiempo mas que suficiente para la protección de los mismos.<br />
</strong></p>
<p>Otro aspecto interesante seria la protección de lo &#8220;<strong>pequeños creadores</strong>&#8221; o las innovaciones con un periodo de regreso de inversión no tan explosivos como los farmacéuticos, que podrían contar con periodos un poco mas largos, incluso se podría realizar un juego financiero en el cual la protección se pueda extender hasta que se complete la inversión original, sin llegar a tiempos irracionales (tal vez podrían ser 5 años adicionales en el caso de las patentes), en el caso de las <strong>obras derivadas o de contenido no totalmente innovado</strong>r,  <a href="http://www.interiuris.com/podcast/podcast-interiuris-especial-dia-de-la-propiedad-intelectual/" target="_blank">Andy Ramos ha dicho en su podcast</a> que se debe prescindir de la protección de las obras que no aporten contenido original, en mi caso opino que <strong>harían mejor opciones como las <a href="http://creativecommons.org/" target="_blank">Creative Commons</a> o <a href="http://www.coloriuris.net/" target="_blank">Coloriuris</a></strong> que son licencias con opciones menos restrictivas y con menos presiones para los licenciatarios, otorgándole agilidad y protección al mismo tiempo, limpiando un poco la cantidad de obras que no dan un aporte significativo a la innovación de su campo y adquieren derechos que los países deben hacer cumplir, limitando la protección que puede otorgarle a obras que si dan innovación e incluso aporte económico al país.</p>
<p>Estamos en una época interesante para la Propiedad Intelectual en su reestructuración alrededor de las nuevas tecnologías que producen cada vez mas contenido que debe ser protegido en muchos casos por la legislación nacional, lo que nos coloca en una encrucijada en la cual debemos escoger correctamente, con el riesgo de llegar a una época de excesiva protección, donde el bien del innovador se coloque sobre el de la sociedad; <strong>debemos evitar esto a toda costa y crear una regulación flexible</strong> que de herramientas a los creadores para defenderse sin colocarlos por encima del bien común y mucho menos si los beneficiados son empresas con ingresos ya de por si altos. <strong>¿Que medidas debemos tomar?. ¿Como se perfila el futuro de la Propiedad Intelectual? </strong>Espero sus comentarios&#8230;</p>
<p><a title="Burgos Cathedral 3-19-2004 053" href="http://www.flickr.com/photos/23342600@N00/2095412/" target="_blank"><img src="http://farm1.static.flickr.com/2/2095412_72c3fe3863_m.jpg" border="0" alt="Burgos Cathedral 3-19-2004 053" /></a><br />
<small><a title="Attribution License" href="http://creativecommons.org/licenses/by/2.0/" target="_blank"></a> <a href="http://www.photodropper.com/photos/" target="_blank">photo</a> credit: <a title="Beyond Forgetting" href="http://www.flickr.com/photos/23342600@N00/2095412/" target="_blank">Beyond Forgetting</a></small></p>
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		<title>Propiedad Intelectual y Desarrollo (No.1)</title>
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		<pubDate>Tue, 20 May 2008 05:57:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Marshal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Propiedad Intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[derecho marcario]]></category>
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		<description><![CDATA[Este articulo es el primero de una pequeña serie que iré entregándoles con unas ideas rápidas y concisas de mi persona acerca de la relación P.I. y Desarrollo en particular en los países en vías de desarrollo (PED). Interesante articulo sobre propiedad intelectual de la Latin Bussinnes Chronicle en la cual tratan de cuajarnos una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><div class='shareaholic-like-buttonset' style='float:none;height:30px;'><a class='shareaholic-tweetbutton' data-shr_count='none' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F05%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo-no1%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.1%29'></a><a class='shareaholic-fblike' data-shr_layout='standard' data-shr_showfaces='false' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F05%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo-no1%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.1%29'></a><a class='shareaholic-googleplusone' data-shr_size='standard' data-shr_count='true' data-shr_href='http%3A%2F%2Fmarcialcambronero.com%2F2008%2F05%2Fpropiedad-intelectual-y-desarrollo-no1%2F' data-shr_title='Propiedad+Intelectual+y+Desarrollo+%28No.1%29'></a></div><div style="clear: both; min-height: 1px; height: 3px; width: 100%;"></div><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><em>Este articulo es el primero de una pequeña serie que iré entregándoles con unas ideas rápidas y concisas de mi persona acerca de la relación P.I. y Desarrollo en particular en los países en vías de desarrollo (PED).</em></p>
<p>Interesante articulo sobre propiedad intelectual de la <strong>Latin Bussinnes Chronicle</strong> en la cual tratan de cuajarnos una idea de relación entre P.I. y desarrollo. Una idea que no resulta en absoluto descabellada, pero se debe mirar detenidamente cada parte de este proceso y refinarlo en acciones que permitan dirigir la propiedad intelectual hacia un beneficio social con justa retribución al creador.</p>
<p>Primero destacar el hecho importante de que 23 de los propietarios de los derechos de P.I. están concentrados en Países Desarrollados lo que debería implicar un flujo de conocimiento hacia los Países En Vías de Desarrollo , flujo que no se da actualmente(esto por múltiples razones, desde leyes hasta malas relaciones diplomáticas) esto provoca que la llegada de esta materia protegida sea por métodos no convencionales (Internet el mas claro de ellos, y principalmente sobre materia intangible como la información) que facilitan  el acceso a la materia sin retribución al creador, caso de esto es la música lanzada solo para ciertas zonas o programas que en cuestión de pocas horas se comparte en múltiples redes. Se debe comprender que la exclusividad geográfica de un producto(en especial intangible como la música) ya no existe debido a la interconexión mundial actual que no permite sucesos puramente locales.</p>
<p>Importante seria ver flujos de información colaboradora de los Países Desarrollados a los Países en Vías de Desarrollo y de una vez por todas lanzamientos mundiales verdaderos utilizando Internet y la logística actual como &#8220;<em>launching methods</em>&#8220;, los mismos (los lanzamientos) deben ser claros e igualitarios ya que si se crea alguna diferenciación del tipo que sea pronto se vera contrariada y vulnerada con la consecuente pirateo del contenido. Igual destino han tenido las medidas anti-copia, que son objeto de agravio peor.</p>
<p>Nuevamente repito mi idea contra esto : estas medidas crean sensaciones de censura o contención que incitan a quebrar estos sistemas en un acto puro de rebeldía justificada.</p>
<p><a href="http://marcialcambronero.info/2008/07/10/propiedad-intelectual-y-desarrollo/" target="_blank">Segunda Parte &gt;&gt;</a></p>
<p><a title="Patentes y marcas EEUU" href="http://www.flickr.com/photos/92655915@N00/317980092/" target="_blank"><img src="http://farm1.static.flickr.com/133/317980092_aba3b7dabb_m.jpg" border="0" alt="Patentes y marcas EEUU" /></a><br />
<small><a title="Attribution-NonCommercial-ShareAlike License" href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/" target="_blank"></a> <a href="http://www.photodropper.com/photos/" target="_blank">photo</a> credit: <a title="rwx" href="http://www.flickr.com/photos/92655915@N00/317980092/" target="_blank">rwx</a></small></p>
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